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Cierra el 06/11/2026Comunidad Foral de Navarra · Departamento de Industria y de Transicion Ecologica y Digital Empresarial

Fomento de la Empresa Digital Navarra 2026

Promover la transición digital empresarial mediante la subvención de proyectos realizados por empresas externas a petición de las beneficiarias. Los proyectos subvencionables son: Tipo A (Implantación de soluciones tecnológicas digitales en dos modalidades: A.1 transformación digital general, A.2 transformación digital con PTD y/o PCS); Tipo B (Implantación de soluciones de transformación digital detectadas en PTD y/o acciones de ciberseguridad en PCS); Tipo C (Asesoramiento y formación en competencias digitales en dos modalidades: C.1 asesoramiento para elaboración de PTD y/o PCS, C.2 formación del personal en competencias digitales). Los proyectos tipo A y B deben suponer una innovación tecnológica o de aplicación a producto, proceso, servicio u organización.

La fecha de cierre la fijan las bases.

Plazo
06/11/2026

Quién puede pedirla

  • Admite personas físicas y autónomos. También admite: cooperativas, fundaciones, asociaciones, sociedades civiles con o sin personalidad jurídica
  • Disponer de un establecimiento en Navarra en el que se desarrolle el proyecto subvencionado y estar dada de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE). Estar inscrita, o haber solicitado la inscripción, en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda.
  • Coste mínimo del proyecto: 5.000 euros (IVA excluido) para proyectos tipo A y B; 600 euros (IVA excluido) para proyectos tipo C. Intensidad de ayuda variable según tipo de proyecto: 35% para A.1 (máximo 30.000 euros), 40% para A.2, 45% para B, 80% para C.1 (máximo 15.000 euros), 90% para C.2 (máximo 30.000 euros). Posibles incrementos adicionales de 15% para empresas con menos de 15 personas de plantilla, y hasta 5% adicional por cada uno de cuatro supuestos (igualdad de género, contratación con Centro Especial de Empleo, inserción laboral juvenil, ubicación en municipio en riesgo de despoblación). Gasto máximo subvencionable de 7.500 euros por plan en proyectos C.1, 2.000 euros por persona y curso en formación (Base 4.1.d), y máximo 40% del presupuesto total en adquisición de bienes de equipo (Base 4.1.c).
Lo que dicen las bases, palabra por palabra

Base 2.1: "Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas (empresarias y empresarios autónomos, sociedades mercantiles, cooperativas, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles con o sin personalidad jurídica) que reúnan los siguientes requisitos"

Base 2.1.a): "Disponer de un establecimiento en Navarra en el que se desarrolle el proyecto subvencionado y estar dada de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE)". Base 2.1.b): "Estar inscrita, o haber solicitado la inscripción, en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda"

Base 4.2: "Para resultar subvencionable el coste del proyecto debe ser, como mínimo, el siguiente: –Proyectos de tipo A y B: 5.000 euros (IVA excluido). –Proyectos tipo C: 600 euros (IVA excluido)". Base 5.1 y 5.2 establecen intensidades y montos máximos.

Otros requisitos y obligaciones

  • No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni sentencia firme condenatoria por prácticas laborales discriminatorias
  • No desarrollar actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025
  • No estar incursa en prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • No ser empresa de pesca, acuicultura o producción primaria agrícola
  • No ser entidad del sector público
  • Estar inscrita o haber solicitado inscripción en el Registro Industrial de Navarra
Lo que dicen las bases, palabra por palabra

Base 2.1.c): "No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos"

Base 2.1.d): "No podrán obtener la condición de beneficiarias de esta subvención las empresas que desarrollen alguna de las actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025, de 23 de septiembre"

Base 2.1.e): "No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones"

Base 2.1: "En la solicitud de la subvención se autorizará al Servicio de Planificación, Digitalización e I+D+i empresarial para que obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que la solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión"

Base 2.4.a): "Las empresas de los sectores de la pesca, la acuicultura y la producción primaria de productos agrícolas, que son sectores excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento 2023/2831 de la Comisión"

Base 2.4.b): "Las entidades del sector público a que alude el artículo 2.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público"

Base 2.1.b): "Estar inscrita, o haber solicitado la inscripción, en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013"

Lo que publica el registro oficial
  • Estado: «Cerrada» — Cierra el 6 de noviembre de 2026, según el registro
  • Ámbito: Comunidad Foral de Navarra — Una etiqueta de territorio; a quién deja fuera no está aquí
  • Plazo de ejecución: no consta — El registro no tiene ningún campo donde publicarlo

Bases leídas · 15 páginas · sus 16 apartados, uno a uno