Ayudas minimis bioseguridad avicola
Subvencionar los costes derivados de la instalación de infraestructuras para la mejora de la bioseguridad de las aves de corral frente a las aves salvajes y para la prevención del contagio con el virus de la gripe aviar. Los beneficiarios son titulares de explotaciones avícolas que crían al aire libre y/o explotaciones de repoblación cinegética que tienen animales en voladores o jaulas no protegidas.
La fecha de cierre la fijan las bases.
Quién puede pedirla
- También admite: cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT), agrupaciones de productores, entidades sin personalidad jurídica
- Las actuaciones deben realizarse en explotaciones avícolas ubicadas en Cataluña, según el contexto de la convocatoria de la Generalitat de Catalunya. Sin embargo, el documento no establece explícitamente una restricción territorial en sus bases.
- El importe máximo de la subvención es de 5.000 euros por persona beneficiaria, con una intensidad de hasta el 80% del presupuesto de la actividad subvencionada. La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar 50.000 euros por empresa beneficiaria por tres años. No se especifica un gasto mínimo subvencionable.
Lo que dicen las bases, palabra por palabra
Apartado 7 (Documentación que hay que adjuntar con la solicitud): "En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas, Registro de cooperativas o Registro de sociedades agrarias de transformación (SAT), se verificará de oficio." y "En el caso de entidades sin personalidad jurídica (CB, SCP o agrupaciones de productores), documento de nombramiento de la persona representando o apoderada única de la agrupación". El documento no especifica si admite personas físicas o autónomos, ni exige expresamente sociedades mercantiles.
no consta en las bases
Apartado 6.1: "El importe de la subvención podrá ser hasta un 80% del presupuesto de la actividad subvencionada. Como máximo se concederá 5.000,00 euros por persona beneficiaria." y Apartado 6.3: "La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar la cantidad de 50.000 euros por empresa beneficiaria por tres años."
Otros requisitos y obligaciones
- Ser titular de una explotación avícola que cría al aire libre o explotación de repoblación cinegética con animales en voladores o jaulas no protegidas
- Poseer marca oficial de la explotación ganadera y capacidad de aves registrada
- No haber superado el límite de ayudas de minimis en los tres años anteriores
- Las actuaciones deben cumplir con las condiciones y requisitos establecidos en la base 12
Lo que dicen las bases, palabra por palabra
Apartado 1.2: "a los titulares de explotaciones avícolas que crían al aire libre y/o explotaciones de repoblación cinegética que tienen animales en voladores o jaulas no protegidas"
Apartado 7: "Marca oficial de la explotación ganadera donde se realizarán las inversiones y capacidad de aves registrada."
Apartado 6.3: "La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar la cantidad de 50.000 euros por empresa beneficiaria por tres años. En este cómputo se tendrán en cuenta todas las ayudas de minimis que haya recibido la empresa durante el periodo considerado, independientemente de la forma o la administración pública otorgante."
Apartado 9.2: "Las actuaciones tienen que cumplir las condiciones y los requisitos establecidos en la base 12."
Qué se valora
- Por localización · 50 puntos
Suman 50 puntos, el total que declaran las bases.
Lo que publica el registro oficial
- Estado: «Cerrada» — Cierra el 15 de septiembre de 2026, según el registro
- Ámbito: Cataluña — Una etiqueta de territorio; a quién deja fuera no está aquí
- Plazo de ejecución: no consta — El registro no tiene ningún campo donde publicarlo
Bases leídas · 8 páginas · el documento entero, sin poder declarar apartado por apartado