Convocatoria pública de subvenciones para la mejora de la competitividad empresarial de PYMES y autónomos 2026
Subvencionar acciones para la competitividad empresarial. LÍNEA 1: Acciones de mejora de competitividad incluyendo gastos corrientes (creación de contenido digital, marketing, software de gestión, formación en digitalización, incorporación a plataformas de digitalización) y gastos inventariables (obras de ampliación/transformación de establecimientos, adquisición de equipamiento especializado e informático). LÍNEA 2: Acciones de mejora de competitividad derivadas de obligaciones legales de utilizar sistemas de caja registradora homologados y facturación electrónica, incluyendo gastos corrientes y de inversión en hardware/software.
La fecha de cierre es la que publica el registro de BDNS.
Quién puede pedirla
- Admite personas físicas y autónomos
- Las acciones deben desarrollarse en el término municipal de Zaragoza. Los beneficiarios deben tener domicilio social y fiscal en la ciudad de Zaragoza a fecha de solicitud.
- Para LÍNEA 1: límite máximo 20.000 euros, límite mínimo 2.000 euros. Subvención del 80% para autónomos sin trabajadores y del 50% para el resto. Para LÍNEA 2: límite máximo 2.000 euros, límite mínimo 500 euros. Quedan excluidas solicitudes que no alcancen el límite mínimo subvencionable. Los beneficiarios pueden percibir ayudas de otras Administraciones hasta completar el 80% (autónomos sin trabajadores) o 50% (resto).
Lo que dicen las bases, palabra por palabra
CUARTA. BENEFICIARIOS: "Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria los autónomos, microempresas y pequeñas empresas de Zaragoza... Entendiendo por: - Autónomos: personas físicas que estén dados de alta en el RETA de Seguridad Social o sistema alternativo como las mutualidades laborales."
CUARTA. BENEFICIARIOS: "que se encuentren ubicadas en el término municipal de Zaragoza, que desarrollan su trabajo en la ciudad de Zaragoza y que tengan su domicilio social y fiscal en la ciudad de Zaragoza, a fecha de solicitud." SÉPTIMA. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORALIZACIÓN: "Las solicitudes presentadas a esta convocatoria deberán ser exclusivamente para desarrollar acciones vinculadas a las líneas 1 o 2 en todo el término municipal de Zaragoza."
QUINTA. IMPORTES DE LA SUBVENCIÓN: "Para la LÍNEA 1) El importe a conceder tendrá como límite máximo 20.000,00 euros (veinte mil euros) y como límite mínimo 2.000,00 euros (dos mil euros)... La subvención otorgada será del 80% del total del proyecto presentado para autónomos sin trabajadores y del 50% para el resto de solicitantes."
Otros requisitos y obligaciones
- Límite de cifra de negocio y plantilla
- Requisitos generales de beneficiario según Ordenanza General Municipal
- Exclusión de determinadas formas jurídicas
- Una única solicitud por solicitante
- Incompatibilidad con otras convocatorias
Lo que dicen las bases, palabra por palabra
CUARTA. BENEFICIARIOS: "No se subvencionarán acciones presentadas por solicitantes (autónomos, microempresas o pequeñas empresas) cuyo importe de su cifra de negocio (INCN), en el año anterior a la fecha de solicitud, sea superior a 10.000.000 euros y que su plantilla esté formada por 20 o más trabajadores."
CUARTA. BENEFICIARIOS: "Los solicitantes deberán además reunir los requisitos establecidos en el art. 11 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. No podrán obtener la condición de beneficiario quienes se hallen incursos en cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 11.2, de la Ordenanza"
CUARTA. BENEFICIARIOS: "Quedan excluidas de la presente convocatoria las personas jurídicas que no tienen relación unívoca con el ámbito empresarial y/o el ánimo de lucro como las comunidades de bienes, las sociedades públicas, federaciones, asociaciones, fundaciones y el resto de entidades sin ánimo de lucro. Las sociedades civiles podrán ser beneficiarios cuando su objeto sea mercantil e incluya el ánimo de lucro."
CUARTA. BENEFICIARIOS: "Cada solicitante podrá presentar una única solicitud a esta convocatoria y dentro de una única línea."
QUINTA. IMPORTES DE LA SUBVENCIÓN: "Esta convocatoria de subvenciones es incompatible con las convocatorias del Ayuntamiento de Zaragoza de: subvenciones para la creación, crecimiento y la consolidación de proyectos para emprendedores del año 2026, subvenciones para el apoyo al autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad del año 2026 y la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de innovación en el sector comercial, restauración y hostelería del año 2026."
Qué se valora
- Valoración de la adecuación del proyecto presentado a la mejora de la competitividad de la actividad desarrollada por el autónomo o la empresa · 12 puntos
- Criterios de valoración de la empresa/autónomo · 8 puntos
- No concesión de subvenciones de mejora de la competitividad empresarial del Ayuntamiento en años anteriores · 3 puntos
- Componente de accesibilidad · 2 puntos
Las bases declaran un total de 25 puntos, y estos criterios no suman esa cifra. Los subcriterios de "Criterios de valoración de la empresa/autónomo" suman 8 y, según la base que declaran, deberían sumar 100 (el 100% de su criterio padre). Puede ser que las bases lo repartan de otra forma, o que la lectura automática haya perdido un subcriterio. No se puede distinguir sin mirar el documento. Se puede comprobar en la(s) página(s) 8, 9 del PDF.
Lo que publica el registro oficial
- Estado: «Cerrada» — Cierra el 15 de septiembre de 2026, según el registro
- Plazo de ejecución: no consta — El registro no tiene ningún campo donde publicarlo
Bases leídas · 15 páginas · sus 23 apartados, uno a uno