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Sin fecha de cierre publicadaCantabria · Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.

Resolución SOD/TEC/26/26 de 20 de agosto de 2026, por la que se convoca para el año 2026 la línea de subvenciones del programa de “Personal Técnico Especializado”. REG (UE) 717/2014 minimis pesca y acuicultura

Subvención de la contratación indefinida de personal técnico cualificado durante los 12 primeros meses dedicado al desarrollo de actividades en dos líneas: (I) Personal técnico comercial internacional: actividades de expansión comercial internacional con objetivo de diversificación de mercados o incremento de exportaciones; (II) Personal técnico de I+D: actividades o proyectos de I+D+i que generen productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, estudios de viabilidad o labores de gestión de I+D+i.

Cubre
70 % del gasto

Quién puede pedirla

  • Admite personas físicas y autónomos. También admite: mutualistas
  • Las entidades solicitantes deben contar con un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria donde se incorporará obligatoriamente el personal técnico propuesto a contratación.
  • Intensidad máxima del 70% del presupuesto total elegible (12 primeros meses de contratación). Puede ser del 80% si la persona cumple requisitos de retorno de talento, o del 90% si ha sido beneficiaria de programa de becas de SODERCAN sobre internacionalización. Máximo de 25.000 € por solicitud. Salario bruto anual mínimo de 24.000 € (excluidas cargas sociales).
Lo que dicen las bases, palabra por palabra

Segundo. Personas beneficiarias, apartado 1: "Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las empresas, incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud"

Segundo. Personas beneficiarias, apartado 4: "Las entidades solicitantes deben contar con un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria donde se incorporará obligatoriamente el personal técnico propuesto a contratación, para realizar en la región las actuaciones susceptibles de obtener subvención"

Tercero. Financiación, apartado 3: "La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables podrá ser de hasta el 70% del presupuesto total elegible (12 primeros meses de contratación)" y "En todo caso, se establece un máximo de 25.000 € por solicitud". Cuarto. Actuaciones subvencionables, apartado 4.h): "El salario bruto anual mínimo que recibirá la persona contratada (excluidas las cargas sociales a cargo de la empresa) deberá ser de, al menos, 24.000 €"

Otros requisitos y obligaciones

  • Estar válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud
  • Ser titular en Cantabria de una actividad económica
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • No estar incursa en supuestos de exclusión por normativa de subvenciones
  • Persona propuesta debe poseer titulación universitaria o ciclo formativo de grado superior
  • Persona propuesta no debe tener vinculación laboral previa ni ser persona vinculada
  • Contrato debe ser indefinido, a tiempo completo y en Cantabria
  • Máximo dos solicitudes por línea de ayuda
Lo que dicen las bases, palabra por palabra

Segundo. Personas beneficiarias, apartado 1: "que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud"

Segundo. Personas beneficiarias, apartado 1: "sean titulares en Cantabria de una actividad económica"

Segundo. Personas beneficiarias, apartado 5: "Las solicitantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a SODERCAN, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social"

Segundo. Personas beneficiarias, apartado 6: "Las empresas que incurran en alguno de los supuestos contemplados en los artículos 12, apartados 2 y 3, de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 13, apartados 2, 3 y 3 bis de la Ley 38/2003" y "aquellas que puedan ser consideradas empresas en crisis con arreglo a la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014"

Cuarto. Actuaciones subvencionables, apartado 4.a): "La persona propuesta deberá estar en posesión de titulación universitaria o de un título de ciclo formativo de grado superior"

Cuarto. Actuaciones subvencionables, apartado 4.c): "La persona propuesta no deberá haber tenido vinculación laboral previa ni ser persona vinculada con la solicitante, o con cualquier entidad vinculada a la misma" y "no podrá ser o haber sido, de hecho, o de derecho, personal socio o partícipe, consejero/a, administrador/a o personal directivo de la empresa solicitante o empresas vinculadas a la misma, ni cónyuge, pareja de hecho o tener relación alguna de parentesco en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado"

Cuarto. Actuaciones subvencionables, apartado 4.f): "El contrato entre la entidad beneficiaria y la persona propuesta deberá tener carácter indefinido, a tiempo completo" y "La persona contratada deberá estar dada de alta dentro de un código de cuenta de cotización que la empresa tenga en Cantabria"

Quinto. Gastos subvencionables, apartado 8: "Cada entidad solicitante podrá presentar como máximo dos solicitudes en cada una de las líneas de ayuda descritas en el artículo 4.1 de la presente convocatoria"

Qué se valora

  • Impacto de la actividad comercial internacional a la que se incorpora el personal técnico · 30 puntos
  • Titulación académica de la persona técnica · 15 puntos
  • Experiencia de la persona propuesta · 25 puntos
  • Promoción de la inserción laboral · 5 puntos
  • Número de personas trabajadoras indicado en el/los Informes de plantilla media en situación de alta · 15 puntos
  • Sector de actividad de la empresa · 5 puntos
  • Medidas que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres o actuaciones dirigidas a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad · 5 puntos
  • Interés general de la actividad I+D+i a desarrollar por el personal técnico propuesto a contratación · 25 puntos
  • Impacto y relevancia científico-técnica de la actividad I+D+i a la que se incorpora el personal técnico contratado · 20 puntos
  • Titulación académica de la persona propuesta (línea I+D) · 25 puntos
  • Promoción de la inserción laboral (línea I+D) · 5 puntos
  • Número de personas trabajadoras indicado en el/los Informes de plantilla media en situación de alta (línea I+D) · 15 puntos
  • Sector de actividad de la empresa (línea I+D) · 5 puntos
  • Medidas que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres o actuaciones dirigidas a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad (línea I+D) · 5 puntos

Las bases declaran un total de 100 puntos, y estos criterios no suman esa cifra. Los criterios de nivel superior suman 200 y el documento declara un total de 100. Puede ser que las bases repartan la puntuación en más de un apartado, o que la lectura automática haya aplanado un desglose. No se puede distinguir sin mirar el documento. Se puede comprobar en la(s) página(s) 11, 12, 13 del PDF.

Lo que publica el registro oficial
  • Estado: «Cerrada» — Sin fecha de cierre: el registro no publica ninguna
  • Plazo de ejecución: no consta — El registro no tiene ningún campo donde publicarlo

Bases leídas · 27 páginas · sus 17 apartados, uno a uno