Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias
Inversiones en modernización y mejora de explotaciones agrarias. El documento especifica que se valoran inversiones en inmuebles, inversiones mixtas e inversiones en muebles, así como inversiones innovadoras y aquellas que contribuyen a mejora ambiental.
La fecha de cierre la fijan las bases.
Quién puede pedirla
- Admite personas físicas y autónomos. También admite: sociedades civiles, comunidades de bienes
- La explotación debe estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja. Además, se otorgan 5 puntos adicionales si la explotación está ubicada en zona de montaña (más del 50% de la superficie en municipios con tal carácter).
- No consta en las bases ningún gasto mínimo o máximo subvencionable, ni intensidad de ayuda, ni cofinanciación exigida. El documento remite al artículo 11 de la Orden AGM 5/2024 para la cuantía máxima individualizada de cada subvención.
Lo que dicen las bases, palabra por palabra
SÉPTIMO: "Podrá ser beneficiario de las ayudas a explotaciones agrarias las personas físicas agricultoras de edad mínima 18 años, o jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes que sean personas titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja"
SÉPTIMO: "personas titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja". CUARTO, apartado A.2: "Según la ubicación de la explotación. En zona de montaña. Se entenderá que la explotación está ubicada en zona de montaña cuando más del 50% de la superficie de esa explotación esté en municipios con tal carácter"
SEXTO: "La cuantía máxima individualizada de cada subvención viene determinada en el artículo 11 de la Orden."
Otros requisitos y obligaciones
- Edad mínima de 18 años para personas físicas agricultoras
- Inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja
- Cumplimiento de condiciones del artículo 8 de la Orden AGM 5/2024
- Puntuación mínima de 37 puntos
Lo que dicen las bases, palabra por palabra
SÉPTIMO: "Podrá ser beneficiario de las ayudas a explotaciones agrarias las personas físicas agricultoras de edad mínima 18 años"
SÉPTIMO: "personas titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de La Rioja y cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la orden"
SÉPTIMO: "cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la orden"
CUARTO: "Para que un expediente sea subvencionable tendrá que alcanzar 37 puntos."
Qué se valora
- Según la orientación técnico económica de la explotación (OTE) · 15 puntos
- Según la ubicación de la explotación en zona de montaña · 5 puntos
- Titularidad compartida del beneficiario · 10 puntos
- Seguros agrarios combinados de explotación · 10 puntos
- Producciones respetuosas con el medio ambiente · 5 puntos
- Edad del beneficiario · 15 puntos
- Mujeres beneficiarias · 5 puntos
- Titular de explotación prioritaria · 15 puntos
- Socio de una OPFH con programa operativo aprobado · 5 puntos
- Tipo de inversión · 10 puntos
- Creación de empleo · 5 puntos
- Inversión innovadora · 5 puntos
- Inversión que contribuye a mejora ambiental · 5 puntos
- Inversiones planteadas por sectores como consecuencia de un plan estratégico monitorizado · 5 puntos
Las bases declaran un total de 100 puntos, y estos criterios no suman esa cifra. Los criterios de nivel superior suman 115 y el documento declara un total de 100. Puede ser que las bases repartan la puntuación en más de un apartado, o que la lectura automática haya aplanado un desglose. No se puede distinguir sin mirar el documento. Se puede comprobar en la(s) página(s) 4, 5, 6 del PDF.
Lo que publica el registro oficial
- Estado: «Cerrada» — Cierra el 17 de diciembre de 2026, según el registro
- Plazo de ejecución: no consta — El registro no tiene ningún campo donde publicarlo
Bases leídas · 23 páginas · sus 19 apartados, uno a uno